No hay soluciones maestras que sirvan para todos los casos. Dependerá del tipo de bienes a legar, el parentesco con los herederos o la comunidad autónoma dónde residamos.

Si se está de acuerdo con el reparto que marca la ley, no es necesario hacer testamento, pero hacerlo no es ni muy caro, ni trabajado y puede facilitar la transmisión. Lo mejor es asesorarse con un abogado para su redacción y hacerlo ante notario. Luego, aunque la Notaría lo custodiará, conviene guardar una copia en casa.

Hacer testamento es imprescindible si usted quiere beneficiar a alguien que no sea su heredero forzoso o quiere mejorar la porción de un heredero con respecto a los demás.

Los testamentos notariales cuentan con la ventaja de quedar inscritos en el Registro de Últimas Voluntades. Si fallece alguien de quien se cree beneficiario, puede acudir al registro y pedir un Certificado de Últimas Voluntades para saberlo.

Transmitir parte del patrimonio en vida mediante donaciones puede ser muy ventajoso fiscalmente, especialmente en algunas comunidades, diseñando una estrategia previa.

Si lo que quiere es beneficiar a tíos, sobrinos o personas que no son parientes, mejor disfrute con ellos sus bienes en vida porque el impuesto es prohibitivo.